
Se otorgara una sola vez cada ano, Crédito Turístico para el disfrute vacacional con su grupo familiar, en las instalaciones Turísticas de CASEP o en los centros recreacionales de Instituciones con las cuales CASEP establezca convenio de intercambio. Estará destinado según sea el caso, a cubrir los gastos de hospedaje, traslado, comida y otros de hasta una semana vacacional: y se garantizara con los haberes disponibles, no comprometidos del Asociado, hasta la concurrencia del ochenta por ciento (80%). A un interés del 10 % anual sobre saldo deudor.
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ingresa al sistema privado de CASEP.
En caso que el Asociado desistiere del crédito otorgado deberá participarlo con 15 días de anticipación, de lo contrario indemnizara a CASEP o a la institución con quien se ha convenido el intercambio de una suma equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del hospedaje.
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Beneficios
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