
La asociación podrá otorgar préstamos a plazo fijo de tres (3) meses hasta por la suma de ochenta por ciento (80%) de su haberes no comprometidos y depositados, a un interés del quince por ciento (15%) anual para Asociados activos y doce por ciento (12%) anual para Asociados jubilados, calculados sobre el monto solicitado, garantizando con sus haberes no comprometidos y con la emisión y aceptación de una letra de cambio, por el monto otorgado mas los intereses, por un plazo de (90) días.
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ingresa al sistema privado de CASEP.
El Asociado podrá solicitar el préstamo solo si transcurrieron 6 meses después de haber ingresado a la Asociación. Cuando el Asociado no cancele este préstamo a la fecha de su vencimiento podrá renovarlo, una sola vez, siempre y cuando abone el veinticinco por ciento (25%) del monto del préstamo original más los intereses derivados de la renovación. En este caso se incrementará el monto de los intereses en uno por ciento (1%) anual. |
Beneficios
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